Propuesta de nuevo decreto permite el pago mensual de cesantías

Cambios Propuestos en el Sistema de Cesantías

El Ministerio del Trabajo ha presentado un nuevo proyecto de decreto que tiene como objetivo modificar la manera en que se gestionan las cesantías en Colombia. Esta iniciativa busca permitir el pago mensual de cesantías, así como el anticipo de los intereses generados, sin eliminar el esquema de liquidación anual ya existente.

Detalles del Nuevo Esquema

Historicamente, las cesantías se liquidan y se consignan anualmente, antes del 15 de febrero. Con la nueva propuesta, los empleadores podrían optar por consignar mensualmente el equivalente al 8,33 % del salario base. En el caso de trabajadores con salario variable, este porcentaje se calcularía sobre lo devengado durante el mes correspondiente. Las consignaciones mensuales no se considerarán como pagos parciales de las cesantías, ya que el derecho se consolida solo al final del año.

Intereses Mensuales

Una de las innovaciones más significativas es la opción de pagar mensualmente los intereses de las cesantías. Actualmente, estos intereses se liquidan al 12 % anual y suelen pagarse en enero del año siguiente. Bajo el nuevo esquema, los empresarios que lo acuerden con sus trabajadores podrían comenzar a pagar los intereses a razón del 1 % mensual.

Regulación y Procedimiento

Las consignaciones se realizarían exclusivamente a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), un sistema que el Gobierno considera esencial para asegurar el control y registro de los aportes. El Ministerio de Salud tendría un plazo de seis meses para adaptar PILA a las nuevas normativas, mientras que los fondos de cesantías deberán realizar ajustes en sus sistemas en un plazo adicional de seis meses.

Voluntariedad y Plazos de Pago

Es importante destacar que acogerse a este nuevo régimen será voluntario. Tanto el empleador como el trabajador deberán llegar a un acuerdo para aplicar esta modalidad, que no reemplaza el régimen tradicional de consignación anual establecido por la Ley 50 de 1990. Además, el proyecto aclara que la omisión de un pago mensual no generará automáticamente mora, esta se configurará únicamente si el empleador no completa el total de las cesantías para el 14 de febrero del año siguiente.

Objetivos y Futuras Acciones

Según el Ministerio del Trabajo, los nuevos lineamientos pretenden facilitar el cumplimiento de las obligaciones laborales y mejorar la trazabilidad de los aportes, sin afectar la naturaleza jurídica de las cesantías actuales. Actualmente, el texto se encuentra disponible para que el público realice sus observaciones antes de que el Gobierno tome una decisión sobre la promulgación del decreto definitivo.

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