A menos de dos semanas de que finalice 2025, el Gobierno nacional enfrenta un serio problema de liquidez. El Presupuesto General de la Nación para 2026 presenta un faltante de COP 16,3 billones, recursos que hasta ahora no tienen una fuente clara de financiación.
Ante este panorama, el Ejecutivo se prepara para decretar una emergencia económica, una figura excepcional que permitiría adoptar medidas urgentes, entre ellas nuevos impuestos. Estas son las cinco claves para entender qué implica esta decisión y cómo podría impactar a los colombianos.
1. ¿Qué es la emergencia económica?
La emergencia económica es un estado de excepción contemplado en la Constitución, que faculta al Gobierno para expedir decretos con fuerza de ley cuando se presentan situaciones graves que alteran el orden económico del país.
No es una herramienta nueva. Uno de los antecedentes más recientes fue su uso durante la pandemia de covid-19, cuando la economía enfrentaba una crisis profunda. La diferencia es que, hoy, Colombia no atraviesa una emergencia sanitaria ni un colapso productivo.
De hecho, varios indicadores muestran una mejoría: la inflación ha venido cediendo, el desempleo se mantiene en un solo dígito y el crecimiento económico podría cerrar el año cerca del 2,9 %, según el Ministerio de Hacienda.
2. ¿Cuál es el objetivo de la medida?
El propósito central es cerrar el hueco fiscal de COP 16,3 billones antes del inicio de 2026. El problema surgió luego de que el Congreso aprobara el Presupuesto General de la Nación, pero rechazara la ley de financiamiento que debía respaldarlo.
En la práctica, el Legislativo avaló el nivel de gasto del Gobierno, pero no las fórmulas tributarias propuestas para obtener los recursos necesarios.
3. ¿Por qué el Gobierno quiere decretarla?
Desde el Ministerio de Hacienda se argumenta que la falta de recursos pone en riesgo obligaciones clave del Estado. Entre ellas, los ajustes ordenados por la Corte Constitucional en la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del sistema de salud, que podrían costar COP 3,3 billones adicionales.
El ministro Germán Ávila también ha advertido sobre posibles afectaciones al pago de subsidios de energía para los estratos 1, 2 y 3, el cumplimiento de vigencias futuras cercanas a COP 15 billones, el pago de sentencias judiciales y la atención de asuntos relacionados con la seguridad nacional.
4. ¿Qué impuestos podrían incluirse?
El Gobierno buscaría recaudar el mismo monto que planteaba la ley de financiamiento, pero a través de decretos. Un borrador conocido recientemente sugiere que, además, se incluirían nuevos tributos o ajustes a los existentes.
Entre las medidas que se evalúan están:
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Gravamen a los movimientos financieros: subiría temporalmente del 4 x 1.000 al 5 x 1.000 durante 2026.
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Impuestos al alcohol y al tabaco: aumentos en licores, vinos, cigarrillos y vapeadores.
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Impuesto al patrimonio: se reduciría el umbral para declarar y se elevarían las tarifas.
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Más IVA: se aplicaría el 19 % a los juegos de suerte y azar en línea.
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Aporte minero-energético: un gravamen del 1 % a la extracción de petróleo y carbón en la primera venta o exportación.
Aún no se descarta que se reactiven otros tributos que hacían parte del proyecto original hundido en el Congreso.
5. ¿Es viable decretar la emergencia?
El uso de esta figura está sujeto a un estricto control constitucional y debe sustentarse en una situación verdaderamente excepcional. Para varios analistas, el desbalance fiscal, por sí solo, no cumple ese criterio.
Luis Fernando Mejía, director saliente de Fedesarrollo, ha señalado que el faltante representa menos del 3 % de un presupuesto total de COP 546,9 billones, lo que pone en duda la necesidad de un estado de excepción.
Por esta razón, expertos consideran probable que la Corte Constitucional termine tumbando la medida. No obstante, el Gobierno avanzaría con la declaratoria, en parte porque la revisión judicial toma tiempo y actualmente rige la vacancia judicial, lo que permitiría aplicar los decretos durante varios meses.
