Beneficiarios del sismo quedan exentos de tarifas de servicios

Nuevas Medidas para Damnificados del Terremoto

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) ha implementado un conjunto de medidas para favorecer a los usuarios de servicios de telefonía, internet y televisión que se vieron afectados por el reciente sismo del 10 de agosto. Estas disposiciones, publicadas el viernes por la noche, buscan aliviar la carga económica de las familias damnificadas y asegurar la continuidad de las redes en las zonas impactadas por el desastre.

Suspensión y Cancelación de Servicios

Los usuarios que estén inscritos en el Registro Único de Damnificados (RUD) o que puedan demostrar daños en su vivienda, podrán gestionar la suspensión de sus servicios hasta por seis meses sin que se les cobre por la reconexión o reactivación posteriormente. Adicionalmente, durante ese tiempo no se aplicará la cláusula de permanencia, lo cual permite a los damnificados cancelar contratos sin costos adicionales.

En el caso de que un usuario desee trasladar su servicio a otra dirección donde el operador no tenga cobertura, la CRC estipula que el contrato puede finalizar sin penalización. Además, si los equipos, como módems y decodificadores, no pueden ser recuperados debido al terremoto, el usuario no será responsable por ellos. No obstante, si llegado el momento se recuperan, deberán ser devueltos al operador dentro de un plazo de 30 días hábiles.

Deberes de los Operadores

Los proveedores de servicios están obligados a simplificar el proceso para los damnificados. Esto incluye no solicitar documentos adicionales que compliquen los trámites y resolver cualquier duda en favor del usuario. Cualquier comunicación relativa a cambios en el servicio debe priorizar la accesibilidad y comprensión por parte de los afectados.

Además, los operadores deben mantener abiertas sus oficinas, a menos que hayan sufrido daños. Si deben cerrar, están obligados a informar a la comunidad y restablecer el servicio a la brevedad.

Reclamaciones y Ajustes en Servicios Postales

Los damnificados tienen la posibilidad de presentar quejas, reclamaciones y solicitudes a través del medio que les resulte más conveniente, sin la necesidad de repetir el proceso en otros canales. Cada operador debe proporcionar un correo electrónico exclusivo para gestionar estos trámites y ofrecer un comprobante de recepción.

Los servicios postales también contarán con ajustes en los tiempos de entrega y recolección si las condiciones de movilidad y acceso así lo requieren. Los usuarios tienen un plazo de 20 días hábiles para reclamar indemnizaciones por retrasos en sus giros postales, cuya fecha de reclamación permanecerá suspendida durante la emergencia.

Plazo para Solicitar Beneficios

Este paquete de medidas está regulado por la Resolución CRC 8332 de 2026, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año. Los beneficiarios deben acudir a sus operadores para solicitar suspensiones, cancelaciones o cualquier otro trámite relacionado con los servicios afectados.

Felipe Augusto Díaz, director ejecutivo de la CRC, enfatizó que estas facilidades no equivalen a una suspensión general de la regulación, y que seguirán vigentes solo en relación directa con el sismo y la imposibilidad de cumplir con las condiciones habituales del servicio.

Estas medidas buscan minimizar las cargas para las familias afectadas y asegurar la continuidad de los servicios esenciales en las comunidades impactadas.

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