Este ingreso impacta de manera directa a cerca del 10 % de los trabajadores ocupados en Colombia. Desde noviembre, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, convocó a los actores que integran la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, es decir, representantes de los gremios empresariales y de las centrales obreras.
De acuerdo con la Ley 278 de 1996, cada año debe definirse el aumento del salario mínimo mediante un proceso de concertación, teniendo como variables centrales la inflación y la productividad. El objetivo es compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores causada por el aumento del costo de vida durante el último año, así como reconocer su aporte a la economía.
A estos factores suele sumarse un ajuste adicional, conocido como incremento real, con el fin de proteger el ingreso de los trabajadores frente a la inflación proyectada para el año siguiente.
Durante las primeras semanas de diciembre, empresarios y sindicatos presentaron sus propuestas. Los gremios plantearon un aumento del 7,21 %, mientras que las centrales obreras solicitaron un 16 %, lo que evidenció una distancia considerable entre las posiciones.
Pese a ello, las partes mantuvieron conversaciones con la intención de llegar a un consenso. Sin embargo, el 15 de diciembre, fecha del primer plazo fijado por la ley, se cumplió sin que se lograra un acuerdo.
Posteriormente, el ministro Sanguino intentó acercar las posturas mediante reuniones bilaterales entre el Gobierno y los empresarios, y entre el Gobierno y los sindicatos, pero no se alcanzó un punto intermedio.
Cuando ocurre esta situación, la ley establece que el presidente de la República tiene la facultad de definir el incremento por decreto, siempre antes del 30 de diciembre. Según anunció el ministro de Trabajo, el decreto que fijará el aumento salarial se expedirá entre el 29 y el 30 de diciembre.
En su más reciente intervención pública, el presidente Gustavo Petro afirmó que buscará que el salario mínimo se acerque al concepto de salario mínimo vital y móvil. Aunque esta noción no es nueva, ha cobrado mayor relevancia en la discusión de este año. A diferencia del salario mínimo tradicional, este enfoque apunta a garantizar que los trabajadores puedan cubrir efectivamente la canasta básica familiar.
Diego Garzón, jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales del Ministerio de Trabajo, explicó que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) presentó este año a la mesa de concertación un informe sobre el salario mínimo vital y móvil. Según ese análisis, un adulto debe consumir al menos 2.856 calorías diarias, lo que equivale a un gasto mensual de COP 394.819. Para un hogar de cuatro personas, esta cifra asciende a COP 1.288.654.
En materia de vivienda digna —considerando espacio, durabilidad e instalaciones— el costo estimado es de COP 143.099 por persona, es decir, COP 587.192 para un hogar de cuatro integrantes. Si se suman los servicios públicos, calculados en COP 124.588, el total llega a COP 711.780.
A esto se agregan los gastos en salud, educación y otras necesidades esenciales como transporte, vestuario, productos de aseo y comunicaciones. Estos rubros representan COP 154.606 por persona y COP 827.549 adicionales para el hogar.
En conjunto, el salario mínimo vital y móvil para una familia de cuatro personas se estima en COP 2.982.960. La OIT calcula que, en promedio, hay 1,5 asalariados por hogar, lo que arroja un salario neto mínimo vital de COP 1.988.640. Al sumar los aportes a la seguridad social, el salario vital bruto sería de COP 2.147.731.
Con base en estas cifras, el Ministerio de Trabajo y las centrales sindicales sostienen que el salario mínimo actual está por debajo de lo que organismos internacionales consideran suficiente para cubrir las necesidades básicas. Desde esta óptica, un aumento de dos dígitos para 2026 no resulta desproporcionado, como argumentan algunos sectores empresariales.
Sobre el tema, el presidente Petro señaló que el salario mínimo “ha subido y va a subir más”, y destacó que el incremento real acumulado durante su gobierno ha sido del 17,7 %, cifra que, según afirmó, cuadruplica el aumento registrado entre 2015 y 2018.
Posturas enfrentadas
El proceso de concertación suele ser complejo debido a las diferencias estructurales entre empresarios y trabajadores. Los gremios advierten que incrementos elevados del salario mínimo encarecen la contratación laboral, reducen la capacidad de generar empleo y, en algunos casos, obligan a las empresas a disminuir su planta de personal. Además, señalan que estos mayores costos pueden trasladarse a los precios, alimentando la inflación.
Las centrales obreras, en contraste, argumentan que un aumento significativo del salario mínimo fortalece el poder adquisitivo, impulsa el consumo y dinamiza la economía, lo que a su vez puede traducirse en mayores ventas y generación de empleo.
La postura del presidente Petro se ha alineado con la de los sindicatos. Recientemente resaltó que, pese a los incrementos del salario mínimo en los últimos años, el desempleo ha disminuido y en octubre se registró una tasa del 8,2 %, la más baja para ese mes desde 2017.
Por su parte, el gerente del Banco de la República, Leonardo Villar, ha planteado una visión intermedia. Reconoce que aumentos excesivos pueden generar presiones inflacionarias si la demanda supera la oferta, pero también coincide en que un ajuste adecuado del poder adquisitivo puede generar efectos positivos en la economía.
En ese sentido, Villar señaló que los beneficios del aumento de ingresos deben equilibrarse con los retos que implica alcanzar la meta de inflación, buscando resultados favorables para el conjunto de la sociedad.
Algunos centros de estudio, como Fedesarrollo, han sugerido que un incremento razonable del salario mínimo estaría entre el 6 % y el 6,5 %, calculado a partir de una inflación estimada del 5,2 % y una productividad que oscila entre -0,3 % y +0,9 %.
La desindexación
Otro punto clave de la discusión es la propuesta de desvincular varios cobros del salario mínimo. El ministro de Trabajo indicó que se evalúa que el valor de las Viviendas de Interés Social (VIS) y de Interés Prioritario (VIP) deje de calcularse con base en salarios mínimos.
Aunque los subsidios de vivienda también están indexados a este indicador, el Ministerio considera que la desindexación podría facilitar el acceso a vivienda. De igual forma, se plantea desvincular algunos cobros de los servicios públicos, en especial el del agua, que suele verse fuertemente impactado por los incrementos anuales del salario mínimo.
La finalidad de estas medidas es proteger aún más el poder adquisitivo de los trabajadores en Colombia.
