Las fricciones comerciales entre Colombia y Ecuador continúan escalando y ahora se concentran en el sector minero-energético, uno de los más sensibles para ambas economías. En medio del cruce de medidas por aranceles y nuevas reglas para la venta de electricidad, el Gobierno ecuatoriano anunció una posible respuesta que afectaría el transporte de crudo colombiano.
La más reciente advertencia provino de la ministra de Ambiente y Energía de Ecuador y presidenta del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE), Inés Manzano. A través de sus redes sociales, la funcionaria señaló que “la tarifa de transporte del crudo colombiano por el OCP tendrá la reciprocidad recibida en el caso de electricidad”, en referencia a las decisiones adoptadas recientemente por Colombia.
La declaración implica que Ecuador podría incrementar el costo del uso del Oleoducto de Crudos Pesados (OCP), infraestructura por la que se transporta petróleo tanto ecuatoriano como colombiano. Aunque no existe una cifra oficial sobre el volumen exacto movilizado por Colombia, en 2025 el oleoducto transportó cerca de 46 millones de barriles de crudo colombiano.
Hasta el momento, no se han divulgado detalles sobre la forma ni el momento en que se aplicaría la medida, ni se ha expedido un acto administrativo formal. Sin embargo, se prevé que el eventual recargo sea proporcional al mayor costo que Colombia impondría en la venta de electricidad hacia el país vecino.
Las declaraciones de Manzano se producen como respuesta directa a la decisión del Gobierno colombiano de suspender la exportación de energía a Ecuador. La medida se encuentra consignada en un borrador de decreto que, si bien no incrementa de manera explícita el precio de la electricidad exportada, sí endurece las condiciones bajo las cuales podría realizarse dicha venta, lo que podría derivar en sobrecostos.
De acuerdo con la propuesta normativa, en caso de autorizarse exportaciones, estas solo podrían provenir de plantas térmicas que operen con combustibles líquidos, de centrales térmicas despachadas de forma centralizada o de excedentes del Sistema Interconectado Nacional, con el objetivo de no comprometer el abastecimiento interno.
El decreto también establece una restricción clave: los costos asociados a la exportación de energía no podrán trasladarse al mercado interno colombiano. Es decir, ni los hogares ni las empresas del país asumirían incrementos tarifarios derivados de eventuales ventas de electricidad al exterior.
El Ministerio de Minas y Energía justificó estas decisiones argumentando riesgos climáticos, presiones sobre el sistema eléctrico nacional y la posibilidad de un nuevo fenómeno de El Niño que podría afectar la generación y el suministro de energía. No obstante, la medida también se interpreta como una respuesta a la imposición de aranceles del 30 % a productos colombianos decretada por el Gobierno ecuatoriano de Daniel Noboa.
“El Gobierno colombiano reitera su rechazo a las medidas unilaterales adoptadas por el país vecino y confía en que el diálogo y los canales diplomáticos permitan superar prontamente las diferencias entre dos naciones hermanas”, afirmó el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma.
