La Fiscalía General de la Nación respondió un oficio enviado por el Comisionado de Paz, Otty Patiño, en el que le aclaró que, de acuerdo con la ley de Paz Total impulsada por el Gobierno, esa entidad no tiene competencia alguna para suspender las órdenes de captura contra los integrantes del Clan del Golfo. Asimismo, precisó que tampoco le corresponde garantizar la seguridad de esos jefes criminales durante su traslado hacia las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT).
En una carta de tono firme, la fiscal general Luz Adriana Camargo le explicó a Patiño que la Fiscalía no participó ni tiene responsabilidad en la expedición de las órdenes de captura con fines de extradición contra Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, conocido como “Chiquito Malo”, máximo jefe del Clan del Golfo, ni contra otros cuatro cabecillas de esa organización armada.
En la comunicación, Camargo dejó en claro que, según la normatividad de la Paz Total, la facultad para suspender dichas órdenes recae exclusivamente en el Gobierno Nacional y no en la Fiscalía, tal como había sido planteado por el propio Otty Patiño en su intercambio con la jefa del ente acusador.
Este cruce de correspondencia se dio luego de que el comisionado solicitara a la Fiscalía brindar “seguridad humana y jurídica”, lo cual, según la interpretación del Gobierno, implicaría “suspender las órdenes de captura vigentes, incluso aquellas emitidas con fines de extradición”.
Frente a esa petición, la fiscal Camargo fue categórica al señalar que “la Fiscalía no cuenta con la capacidad ni con las funciones para garantizar la seguridad personal de los integrantes de los grupos armados que se desplacen o permanezcan en las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT)”. De acuerdo con la ley, esa responsabilidad corresponde exclusivamente al Gobierno.
Además de recordarle al comisionado los alcances de la ley de Paz Total, Camargo llamó la atención sobre otro aspecto particular del proceso. “Resulta llamativo que el listado enviado esté conformado únicamente por cinco personas que ocuparían las tres ZUT, cuando dichas zonas están concebidas para albergar a los integrantes de los grupos armados”, indicó en su carta.
La fiscal también le precisó a Patiño que, conforme a una directiva emitida por la Fiscalía en julio del año pasado, ni la implementación de las ZUT ni la eventual suspensión de órdenes de captura por decisión del Gobierno “interfieren con el ejercicio de la acción penal, que continúa desarrollándose”.
Finalmente, Camargo recordó que las Zonas de Ubicación Temporal están supeditadas a una participación real y comprometida de los integrantes del grupo criminal en el proceso de paz, así como al cumplimiento de la condición fundamental de no incurrir en nuevos delitos durante dicho proceso.
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