La Corte Constitucional ha instado a la Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC) a revisar sus políticas que obligan a las mujeres a usar tacones, subrayando que la estética no debe superar los méritos de los individuos. Este pronunciamiento se origina en la controversia alrededor de una mujer, identificada como Aurora*, quien se postuló para un cargo en la FAC y fue excluida por supuestas limitaciones físicas relacionadas con su capacidad para usar tacones.
Aurora quedó en segundo lugar en un concurso para un puesto de “auxiliar de servicios” en la FAC, con 49 vacantes disponibles. Luego de cumplir con las pruebas de conocimiento, pasó a una evaluación médica que demostró que no tenía patologías que le impidieran trabajar. Sin embargo, un mes después, recibió una carta de la FAC que la excluía del proceso de selección, argumentando que su estado de salud no era compatible con el cargo. La mujer insistió en la obtención de sus resultados médicos, que mostraron solo problemas menores, como juanetes.
Al no obtener respuesta satisfactoria, Aurora presentó una tutela contra la FAC, alegando violaciones a sus derechos fundamentales. Sin embargo, un juzgado de Bogotá declaró improcedente su demanda, afirmando que no existían motivos para obligar a la FAC a revisar su decisión. Esta sentencia fue posteriormente confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá, citando que la exclusión se debía a un concepto médico que la declaraba no apta.
El caso fue elevado a la Corte Constitucional tras ser seleccionado para revisión y tras la intervención de la Defensoría del Pueblo, que indicó una posible vulneración de derechos relacionados con el enfoque de género. La Corte, a través del magistrado ponente Héctor Alfonso Carvajal Londoño, se pronunció a favor de Aurora, indicando que la FAC no evaluó adecuadamente su mérito y que impuso barreras discriminatorias basadas en estereotipos de género.
El fallo advierte que el Estado tiene la responsabilidad de eliminar cualquier obstáculo que dificulte a las mujeres el acceso y ejercicio de cargos públicos. La Corte consideró inaceptable que se exigieran condiciones estéticas que no estaban presentes en la convocatoria inicial, lo que violó el derecho al debido proceso de Aurora. Además, el tribunal ordenó a la FAC ajustar sus políticas relacionadas con la indumentaria, de modo que se eliminen obstáculos de carácter estético y de género.
La Corte sugirió que los jueces de primera y segunda instancia, que negaron los derechos de Aurora, deberían recibir capacitación en derechos constitucionales. También se solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil que elabore un manual sencillo sobre buenas prácticas para garantizar el acceso equitativo al empleo público, aplicando el principio del mérito y la igualdad de género. Aunque Aurora fue nombrada en el cargo durante el proceso, la Corte subrayó que no se deben esperar etapas avanzadas para garantizar los derechos de las personas.
*El nombre real de la persona ha sido modificado para proteger su identidad.
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