En un contexto marcado por crecientes señales de escasez de gas natural, el Ministerio de Minas y Energía dio a conocer este miércoles un proyecto de decreto que plantea modificaciones a las reglas del mercado mayorista del combustible, tanto para el gas de origen nacional como para el importado.
La propuesta busca actualizar el Decreto 1073 de 2015 e introduce cambios en los mecanismos de declaración, comercialización y reventa del gas, además de establecer disposiciones temporales para la formación de precios y un marco normativo que permitiría la incorporación del biogás y el biometano al sistema energético.
Uno de los principales componentes del proyecto se enfoca en ajustar las reglas bajo las cuales los agentes del mercado reportan la producción y las importaciones, con el propósito de contar con información más clara y completa sobre la disponibilidad real de gas.
En el caso de la producción nacional, el decreto define con mayor precisión qué volúmenes deben clasificarse como producción comprometida, es decir, aquellos ya respaldados por contratos firmes o acuerdos que garanticen suministro continuo. Estos volúmenes deberán declararse de forma explícita y diferenciada del gas no comprometido, que puede ofrecerse libremente al mercado.
Asimismo, el proyecto establece que el gas que los productores destinan a refinerías propias o de empresas vinculadas no podrá excluirse automáticamente de la oferta total. Dichos volúmenes deberán considerarse parte de la producción disponible antes de la firma de contratos, con el fin de asegurar que el gas existente efectivamente se ponga a disposición del mercado mayorista.
Para el gas importado, la iniciativa introduce requisitos más detallados en la declaración del potencial de importación. Los comercializadores deberán reportar no solo los volúmenes comprometidos contractualmente, sino también las cantidades realmente disponibles para la venta, considerando la capacidad efectiva de las infraestructuras de importación y regasificación.
Estas declaraciones deberán presentarse de forma desagregada, con un horizonte mínimo de diez años, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y actualizarse cuando se presenten cambios relevantes en el mercado o nuevos procesos de comercialización. El Ministerio consolidará la información y la publicará mediante acto administrativo en un plazo de 20 días hábiles.
Otro de los ejes del proyecto está relacionado con la formación de precios en el mercado mayorista, a través de medidas de carácter temporal que se activarían bajo ciertas condiciones.
El texto señala que, cuando la oferta nacional disponible sea inferior a un umbral definido frente a la demanda, el gas comercializado sin garantía de firmeza no podrá venderse a precios superiores al promedio de los contratos firmes vigentes del mismo productor o comercializador.
Adicionalmente, se plantean límites a los precios en el mercado secundario, es decir, en la reventa de gas ya contratado. En estos casos, el precio no podría superar el valor original del contrato, más un margen calculado con base en la DTF a 90 días publicada por el Banco de la República, más cien puntos básicos (1 %).
Según el Ministerio, estas medidas buscan evitar aumentos de precio que no estén justificados por las condiciones reales del suministro, especialmente en escenarios de restricción de oferta.
“El objetivo es garantizar que el gas disponible llegue al mercado en condiciones equitativas y transparentes, evitando prácticas que trasladen sobrecostos injustificados a los hogares y a los sectores productivos”, señaló el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, en un comunicado.
El proyecto también contempla la habilitación del biogás y el biometano como fuentes complementarias dentro del sistema de gas del país. Estas energías, producidas a partir de residuos orgánicos, podrían utilizarse como combustible siempre que cumplan con los estándares de calidad y seguridad.
Mientras el biogás se obtiene directamente de la descomposición de residuos, el biometano resulta de su depuración hasta alcanzar características similares a las del gas natural. El decreto plantea un uso gradual de estas fuentes, tanto en el sector industrial como en el transporte, y eventualmente su integración a las redes existentes, bajo lineamientos que definirá el Ministerio.
Las propuestas del Gobierno se explican por la creciente brecha entre la oferta de gas nacional y la demanda interna, así como por una mayor dependencia del gas importado.
Según cifras recientes de Naturgas, el 20 % del gas consumido en Colombia durante este año fue importado. De ese total, el 12 % se destinó a la generación de energía eléctrica y el 8 % al consumo de hogares, comercios y vehículos.
Aunque el país importa gas desde 2016 para respaldar a las plantas térmicas, desde diciembre de 2024 ha sido necesario recurrir a importaciones también para atender a los usuarios finales, debido a que la producción local ya no cubre la demanda total.
Las proyecciones del gremio indican que, para 2026, el déficit de gas nacional en firme alcanzará el 26 %, lo que obligará a cubrir parte del consumo con gas importado garantizado y con volúmenes nacionales sujetos a interrupciones, provenientes de campos aún en fase de pruebas.
La presidenta de Naturgas, Luz Stella Murgas, advirtió que el sistema opera con un margen muy reducido. “Estamos funcionando al límite, sin capacidad de reacción ante contingencias como mantenimientos imprevistos o fallas en la infraestructura”, afirmó recientemente.
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