El Gobierno del presidente Gustavo Petro declaró oficialmente el estado de emergencia económica con el objetivo de obtener COP 16,3 billones adicionales en ingresos tributarios, recursos que, según el Ministerio de Hacienda, son necesarios para cubrir el déficit del Presupuesto General de la Nación de 2026. La decisión se tomó mediante decreto y ha generado una fuerte controversia entre gremios, expertos y sectores jurídicos.
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, había anticipado la medida días atrás, señalando que el actual desfinanciamiento compromete rubros sensibles como el sistema de salud, los subsidios energéticos, las vigencias futuras y el cumplimiento de sentencias judiciales.
La emergencia económica está contemplada en el artículo 215 de la Constitución, que permite al Ejecutivo asumir facultades extraordinarias cuando se presenten hechos graves, extraordinarios e imprevisibles que alteren el orden económico y no puedan ser enfrentados con las herramientas ordinarias del Estado.
Precisamente, el concepto de “hechos sobrevinientes” se ha convertido en el eje del debate. Mientras el Gobierno sostiene que la coyuntura fiscal y el deterioro del orden público justifican la declaratoria, múltiples analistas advierten que el déficit presupuestal era previsible y había sido advertido desde las discusiones fiscales de 2024 y 2025.
El Consejo Gremial Nacional, que agrupa a más de 30 asociaciones empresariales, cuestionó la legalidad de la medida y afirmó que la situación fiscal actual no cumple con los requisitos constitucionales para un estado de excepción. A su juicio, no se trata de una crisis inesperada, sino del resultado de decisiones presupuestales previamente conocidas.
Adicionalmente, los gremios solicitaron a la Corte Constitucional que evalúe con prontitud la legalidad del decreto, incluso durante la vacancia judicial, para evitar posibles daños irreversibles a la economía.
Todos los decretos expedidos bajo un estado de excepción deben ser revisados automáticamente por la Corte Constitucional. No obstante, este proceso puede tardar entre dos y cuatro meses, periodo durante el cual el Gobierno podría recaudar los nuevos impuestos, aun si posteriormente el alto tribunal decide tumbar la medida.
Varios constitucionalistas consideran probable que la emergencia económica sea declarada inexequible, aunque advierten que los efectos fiscales podrían materializarse antes del fallo definitivo.
Hasta el momento, el decreto con los nuevos tributos no ha sido publicado. Sin embargo, el ministro Ávila indicó que se retomarán las propuestas incluidas en la fallida ley de financiamiento, por el mismo monto requerido.
Un borrador conocido recientemente sugiere que el Ejecutivo evalúa medidas adicionales, entre ellas:
Incrementar el gravamen a los movimientos financieros del 4 x 1.000 al 5 x 1.000 durante 2026.
Aumentar el impuesto al consumo de licores, vinos y cigarrillos, incluidos los vapeadores.
Modificar el impuesto al patrimonio, reduciendo el umbral a COP 2.000 millones y elevando tarifas, además de extenderlo a las empresas con tasas de hasta 1 %.
Aplicar IVA del 19 % a los juegos de azar en línea.
Crear un impuesto temporal del 1 % sobre la extracción y venta de petróleo y carbón, orientado a la estabilidad fiscal.
El Ministerio de Hacienda señaló que los decretos reglamentarios podrían expedirse en los próximos días, momento en el cual se conocerán oficialmente las medidas tributarias que acompañarán la emergencia económica.
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